Cuando se habla de "estado de derecho" por lo general se piensa en dos acepciones diferentes:
a) En sentido lado, debil o formal -estado de derecho- corresponde a todos los ordenamientos jurídicos modernos, en los que los poderes públicos tienen una fuente y una forma legal (TEORIA ALEMANA)
b) En un sentido fuerte o sustancial que corresponde a los ordamientos en los que los poderes públicos están sujetos a la ley (limitados) tanto en las formas como en los contenidos ( TEORIA ITALIANA)
Existen 2 modelos de "estado de derecho"
i. paleoiusporitivista -estado legal- que nace como monopolio de la producción juridica
ii. neo-uispositivista -estado constitucional- producto de la segunda guerra mundia, de las constituciones y del control constitucional de las leyes ordinarias.
Deben estar incluidos en aquellos ordenamietnso juridicos antiberales.
En segundo plano el derecho designa solamente a aquellos ordanamientos juridicos que esta sujetos a la ley y limitados o vinculados por ella en:
a) su forma
b) contenidos.
Todo los poderes del gobierno estan SOMETIDOS Y VINCULADOS al respeto de las normas constitucionales que son positivas, bilaterales, coercitivas y validas.
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